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lunes, 7 de diciembre de 2009


PAC pide a TSE inhabilite a cargos públicos a secretario general del PLN

Fuente: http://informa-tico.com/index.php?scc=articulo&edicion=20091208&ref=--00825
El Partido Acción Ciudadana (PAC) presentó ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) una denuncia por beligerancia política contra el candidato a diputado del PLN y directivo del ICE, Antonio Calderón.


El jefe de fracción del PAC, Alberto Salom, pidió que se le destituya del cargo de directivo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y se le inhabilite para ejercer puestos públicos y de elección popular.
La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Ofelia Taitelbaum, dijo en el plenario que la denuncia del PAC no tenía sustento jurídico.
El propio Calderón dijo que la denuncia del PAC "es una verdad medias", porque el Código, reformado este año, en un transitorio establece que no tiene retroactividad., y aseguró que seguirá en el cargo de directivo del ICE.
La denuncia fue presenta ayer lunes ante los magistrados del TSE, alegando los siguientes hechos:
1) El señor Calderón Castro es el Secretario General del Partido Liberación Nacional, lo cual podrán ustedes constatar con vista de los archivos de inscripción en poder de ese Tribunal Supremo de Elecciones.
2) Igualmente, don Antonio es candidato a diputado en el octavo lugar por la Provincia de San José, lo cual también podrá corroborar este Tribunal con vista de la inscripción de candidaturas a Diputados del Partido Liberación Nacional por la Provincia de San José para las Elecciones Nacionales del 7 de febrero del 2010.
3) En su condición de Secretario General del Partido Liberación Nacional y como candidato a diputado, don Antonio es un activo dirigente político representando a su partido y como aspirante a diputado, participa en la gestión política de proselitismo a favor de su candidatura en particular y de su partido en general.
4) Simultáneamente con lo dicho, funge como Director ante la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Electricidad lo cual este Tribunal podrá corroborar ingresando a la página web oficial del Instituto Costarricense de Electricidad en la siguiente dirección: http://www.grupoice.com/esp/qsomos/integrantes_cd.html.
5) Las circunstancias anteriores contravienen la normativa del artículo 146 del Código Electoral, afirmó la denuncia.
6) Don Antonio, quien no puede alegar ignorancia de la Ley por su condición de abogado, se ha mantenido en su función de Director de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Electricidad en abierta violación de la normativa citada, y ha actuado con plena conciencia de las prohibiciones que le incumben conforme a los hecho señalados.
7) Su ánimo político y beligerancia activa es patente en virtud de la acción de inconstitucionalidad que como Secretario General del Partido Liberación Nacional pretendió contra la prohibición a funcionarios públicos de participar en la campaña política, es decir, para garantizarse de sí poder participar en las actividades de su partido, para asistir a clubes y a reuniones de carácter político, para colocar divisas en vehículos o en su casa de habitación, y para hacer ostentación política como la que hace como candidato a diputado según fue dicho. La Sala Constitucional rechazó de plano esa acción de inconstitucionalidad con lo cual mantiene la vigencia, la validez y la eficacia del texto del articulo 146 del Código Electoral, cuya aplicación demandamos, puntualizó la nota entregada al TSE.

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