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miércoles, 7 de abril de 2010

PAC aboga por reducir consumo de alcohol

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Fracción del Partido Acción Ciudadana
 Lunes  5 de abril del 2010
Comunicado de Prensa
Reformas a la Ley de Tránsito
PAC aboga por reducir consumo de alcohol
Considerando que:
    1.      La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica es el órgano responsable de tramitar, discutir y, finalmente, votar el expediente N.º 17485, REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES NÚMERO 7331 Y SUS REFORMAS.
    2.      La fracción legislativa del Partido Acción Ciudadana (PAC) es una de las fuerzas políticas representadas en la Asamblea Legislativa que aboga por una discusión abierta y transparente, y en estricto apego a los intereses colectivos, con el único objetivo de mejorar la normativa vigente en materia de tránsito y restringir, hasta donde sea posible, el consumo de alcohol en conductores.
    3.      La ciudadanía exige una respuesta oportuna y enérgica por parte de la Asamblea Legislativa en cuanto al control de la ingesta de alcohol y el endurecimiento de las sanciones contra los conductores que irrespetan de esa manera la Ley de Tránsito,  poniendo en riesgo la vida de personas inocentes.
Las y los diputados del PAC informan y aclaran a la opinión pública:
    1.      Lamentamos profundamente la muerte de personas -niños, jóvenes y adultos- en nuestras carreteras, víctimas de la imprudencia y la irresponsabilidad de quienes, a pesar del clamor social, conducen  bajo los efectos del alcohol u otras drogas, irrespetando los límites de velocidad o la reglamentación en vías terrestres. Seguiremos apoyando las iniciativas de la sociedad civil encaminadas a exigir respeto por la vida y seguridad al transitar.  
    2.      Reiteramos nuestro compromiso con la ciudadanía de endurecer las penas administrativas, pecuniarias y judiciales contra quienes conducen en forma temeraria o bajo los efectos del alcohol. Acogemos el criterio técnico de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que recomienda que el consumo máximo de alcohol debe fijarse en 0.50 gramos por litro de sangre (gr/l). No estamos dispuestos a ceder en este punto.
    3.      Repudiamos que la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) se haya resistido a homologar la formulación contenida en la Ley de Tránsito y el Código Penal sobre los gramos de alcohol permitidos en conductores (hoy en 0.50 y 0.75 gr/l respectivamente), ignorando los criterios técnicos de la OMS y el llamado de la ciudadanía. El PAC aboga por establecer un máximo permitido de 0.50 gr/l en ambos cuerpos normativos.
    4.      El atraso en la discusión del proyecto de ley es responsabilidad exclusiva de la fracción del PLN y del Gobierno de la República, que es el que tiene la potestad de convocar a la Asamblea Legislativa a sesiones extraordinarias (artículo 118 de la Constitución Política de la República de Costa Rica). Los diputados oficialistas no lograron ponerse de acuerdo y el Poder Ejecutivo desconvocó el expediente, una y otra vez, durante las últimas semanas. La fracción legislativa del PAC fue la única que respetó el acuerdo del Plenario Legislativo -tomado en diciembre de 2009- y se presentó a trabajar el pasado el 18 enero, luego del receso de fin y principio de año.
    5.      Los diputados retomaremos la discusión de las reformas propuestas hasta el próximo lunes 5 de abril de 2010, siempre y cuando el Poder Ejecutivo convoque el expediente, ya que la Asamblea Legislativa procedió a consultar el texto -atendiendo una recomendación del Departamento de Servicios Técnicos (ST 045-2010 J del 15 de marzo de 2010)- a las siguientes instituciones: Corte Suprema de Justicia, Instituto Nacional de Aprendizaje, Caja Costarricense de Seguro Social, Universidades Públicas, Instituto Nacional de Seguros, Consejo Superior de Educación.
6.      Nuestro deseo es subsanar los excesos en la Ley de Tránsito vigente y mejorar la norma en beneficio de todos los conductores y los peatones, pero restringiendo los grados de alcohol permitidos en la sangre para conducir, tal y como se propuso en las mociones de forma presentadas al artículo 245 bis del Código Penal.

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